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Proyecto ACNUDH y UE: Acortando distancias I
Indicadores de derechos humanos para la CDPD para apoyar la inclusión de las personas con discapacidad en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible
Consulta sobre indicadores de derechos humanosEl proyecto Acortando distancias I fue concebido para proporcionar herramientas y orientación que ayuden a fortalecer la implementación, el monitoreo y la presentación de informes sobre los derechos de las personas con discapacidad y así vincular y garantizar el refuerzo mutuo entre la CDPD y los ODS (si desea más información sobre el proyecto y sus herramientas por favor haga clic
aquí). A medida que las herramientas avancen y se desarrollen, se publicarán periódicamente para que se prueben y valoren. Entre las herramientas que se están desarrollando dentro del proyecto Acortando distancias I se encuentran los indicadores basados en derechos humanos de la CDPD, consistentes en una serie de medidas cuantitativas y cualitativas del progreso en la implementación de la CDPD desarrollados según la metodología del ACNUDH sobre indicadores de derechos humanos. Para obtener información detallada sobre la metodología, consulte
Indicadores de derechos humanos: Guía para la medición y la implementación. Los borradores de los indicadores de derechos humanos que encontrará se han desarrollado a través de consultas con una variedad de partes interesadas, incluidos expertos en derechos humanos como el Comité de la CDPD, la Relatora Especial sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, agencias de las Naciones Unidas, organizaciones de personas con discapacidad y de la sociedad civil; académicos, Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, oficinas de estadísticas, y otros. Las consultas también incluyeron una variedad de actores de una muestra de cinco países: Moldavia, Nepal, Paraguay, Jordania y Etiopía. Se puede acceder a los borradores de los indicadores en las disposiciones de la CDPD siguientes: - artículos 1 a 4 (Propósito, Definiciones, Principios Generales y Obligaciones Generales) –
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- artículo 5 (Igualdad y no discriminación) –
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- artículo 6 (Mujeres con discapacidad) –
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- artículo 7 (Niños y niñas con discapacidad) –
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- artículo 8 (Toma de conciencia) –
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- artículo 9 (Accesibilidad) –
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- artículo 10 (Derecho a la vida) –
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- artículo 11 (Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias) –
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- artículo 12 (Igual reconocimiento como persona ante la ley) –
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- artículo 13 (Acceso a la justicia) –
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- artículo 14 (Libertad y seguridad de la persona) –
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- artículo 15 (Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes) y 17 (Protección de la integridad personal) –
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- artículo 16 (Protección contra la explotación, la violencia y el abuso –
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- artículo 18 (Libertad de desplazamiento y nacionalidad) –
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- artículo 19 (Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad) –
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- artículo 20 (Movilidad personal) –
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- artículo 21 (Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información) –
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- artículo 22 (Respeto de la privacidad) –
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- artículo 23 (Respeto del hogar y de la familia) –
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- artículo 24 (Educación) –
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- artículo 25 (Salud) –
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- artículo 26 (Habilitación y rehabilitación)–
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- artículo 27 (Trabajo y empleo) –
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- artículo 28 (Nivel de vida adecuado y protección social) –
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artículo 29 (Participación en la vida política y pública) –
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- artículo 30 (Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte) –
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- artículo 31 (Recopilación de datos y estadísticas) –
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- artículo 32 (Cooperación internacional) –
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- artículo 33 (Aplicación y seguimiento nacionales) –
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Además para una mejor comprensión se ha desarrollado una lista de Preguntas Frecuentes (FAQs) que explican el alcance y uso de los indicadores.
Le agradeceríamos que nos hiciera llegar su valoración de los borradores de indicadores y le alentamos a que los pruebe, ya que esto nos permitirá revisarlos y mejorarlos antes de su finalización (prevista en el otoño de 2019). Los comentarios pueden hacerse con control de cambios en el propio documento, o en cursiva haciendo referencia a los números específicos de artículos e indicadores. Nos encantará recibir tanto comentarios como preguntas en la dirección electrónica disability@ohchr.org tan pronto como sea posible y no más tarde del
2 de Agosto de 2019. Le agradeceríamos que revisase los indicadores y nos mandara sus comentarios y sugerencias en base a las siguientes preguntas, pero sin limitarse a ellas: - ¿Los indicadores son claros?
- ¿Son apropiados?
- ¿Tienen el nivel de detalle suficiente?
- ¿Plasman de forma adecuada los elementos principales de la implementación de la disposición de la CDPD?
Nos gustaría agradecer de forma especial a nuestros traductores del programa VNU, Lucia Álvarez, Laura González Rozo, Nahuel Martino y Luisa Merchán, por su inestimable contribución al proyecto al traducir los indicadores del inglés al español.
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