Personal de la ONU, entre ellos ocho colegas del ACNUDH, detenidos en Yemen
El ACNUDH pide su liberación inmediata.
ACNUDH y pueblos indígenas
Publicado: 13 de septiembre de 2007
Autor: Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos
Presentado: En la 33ª sesión del CDH.
Enlaces: A/RES/61/295 (también disponible en otros 60 idiomas)
Declaraci6n de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indigenas
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Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: Manual para las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (PDF): English
La Alta Comisionada para los Derechos Humanos acogió con satisfacción la adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI) por la Asamblea General el 13 de septiembre de 2007, como un triunfo de la justicia y la dignidad humana tras más de dos décadas de negociaciones entre los gobiernos y los representantes de los pueblos indígenas.
Se adoptó con 144 votos a favor, 11 abstenciones y cuatro Estados en contra (Australia, Canadá, Nueva Zelanda y Estados Unidos de América). Desde entonces, varios Estados han cambiado de postura, incluidos los cuatro que votaron en contra pero que ahora han respaldado la Declaración.
La Declaración es el instrumento más completo que detalla los derechos de los pueblos indígenas en el derecho y la política internacionales, y contiene normas mínimas para el reconocimiento, la protección y la promoción de estos derechos. Establece un marco universal de normas mínimas para la supervivencia, la dignidad, el bienestar y los derechos de los pueblos indígenas del mundo.
La Declaración aborda tanto los derechos individuales como los colectivos; los derechos culturales y de identidad; los derechos a la educación, la salud, el empleo y la lengua, entre otros. Prohíbe la discriminación contra los pueblos indígenas y promueve su participación plena y efectiva en todos los asuntos que les conciernen. También garantiza su derecho a seguir siendo distintos y a perseguir sus propias prioridades en el desarrollo económico, social y cultural. La Declaración fomenta explícitamente las relaciones armoniosas y de cooperación entre los Estados y los pueblos indígenas.