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Comunicados de prensa Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

70 años después de la Declaración Universal de Derechos Humanos: 30 artículos sobre los 30 artículos - Artículo 13

22 noviembre 2018

Artículo 13: Derecho a la libertad de movimiento

Tras el colapso del régimen de Siad Barrre en Somalia en 1991, el conflicto y la sequía forzaron a más del 15% de la población a abandonar sus hogares. La mayoría intentó construir nuevas vidas en otras partes del país, generalmente en asentamientos precarios, improvisados e inseguros. Allí, estas personas construyeron sencillas chozas con cajas de detergentes y harapos, y sufrieron constantes extorsiones y violencia sexual.

Irónicamente, en la relativa paz de la capital, Mogadishu, cientos de miles de estas personas internamente desplazadas (PIDs) se enfrentaban a un nuevo peligro: desalojos causados por el deseo de los promotores inmobiliarios de reconstruir la ciudad costera devastada por la guerra.

El artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) garantiza la libertad de movimiento. Todas las personas deberían tener la oportunidad de viajar dentro de su propio país y escoger dónde vivir.

Este derecho no es absoluto. Los países pueden limitar la libertad de las personas dentro de su propio territorio, confinándolas por ejemplo en su pueblo durante un brote de Ébola, u obligándolas a dejar sus hogares si, por ejemplo, se ven amenazadas por un tifón u otros desastres naturales. Pero debe existir un interés público primordial: es ilegal para un dictador expulsar a personas de sus hogares para construir un campo de golf. Y la evacuación de civiles durante una guerra no puede utilizarse para encubrir una limpieza étnica.

Los derechos de las personas internamente desplazadas se derivan del artículo 13 y se desarrollan con más detalle en los Principios Rectores de la ONU de los desplazamientos internos. Éstos prohíben el desplazamiento arbitrario y establecen que las personas internamente desplazadas (PIDs) “tienen derecho a circular libremente dentro y fuera de los campos u otros asentamientos”, un principio que no se ha respetado, por ejemplo, en los campos cerrados de PIDs para Rohingyas, en el estado de Rakhine en Myanmar.

Los civiles desprotegidos, 80% de los cuales son mujeres, niños y personas mayores, deberían, en teoría, ser protegidos por sus gobiernos. Sin embargo, a menudo es el propio gobierno el causante de que tengan que huir o no tiene la capacidad para protegerlos de grupos rebeldes ilegales, como ha sido el caso en Colombia, la República Democrática del Congo, Irak, Sudán del Sur y otros países.

“Es mejor morir en un ancho campo que pudrirse en una estrecha choza.”
 Aleksandr Solzhenitsyn, Archipelago Gulag

El artículo 13 apuntala el derecho a buscar seguridad en otra parte del país y el derecho de las PIDs a encontrar una solución duradera para regresar a donde solían vivir, asentarse donde encuentren seguridad o asentarse en algún otro lugar del país. Somalia ha sido criticada internacionalmente por intentar limitar estos derechos, tratando por ejemplo de forzar a personas a regresar a sus zonas de origen en vez de permitirles vivir donde se sintieran seguras.

Ucrania es otro país que ha sido criticado por imponer engorrosos procedimientos burocráticos que han despojado de sus pensiones a unas 900,000 personas de la tercera edad porque – sin tener ninguna culpa – terminaron en el lugar equivocado de la línea que divide las zonas orientales disidentes. Estos pensionistas, que se encuentran entre los 1.6 millones de personas desplazadas al interior de Ucrania desde que estalló el conflicto en abril de 2014, fueron obligados por las regulaciones gubernamentales a cruzar una línea en áreas plagadas de minas para recoger sus pensiones.

La ONU ha animado al gobierno de Ucrania a separar el estatus de desplazado del derecho de las personas a recibir las pensiones que les corresponden tras una vida de arduo trabajo, y a facilitar la libertad de movimiento a todos los civiles. 

El desplazamiento es uno de los problemas fundamentales de nuestra época. Hacia finales de 2017, 68.5 millones de personas fueron desplazadas a la fuerza por la guerra, los conflictos y la persecución, a un ritmo de una persona cada dos segundos. Esto sin contar una nueva y creciente categoría de personas desplazadas – aquellas que huyen del cambio climático.

Los Estados ubicados en islas de poca altura, tales como las Maldivas, Tuvalu, Kiribati y las Islas Marshall, están en peligro de volverse inhabitables por el cambio climático – o incluso de quedar absolutamente sumergidas. Ya en 2005, el Programa de la ONU para el Medio Ambiente denunció que aproximadamente 100 habitantes del norte de Vanuatu se habían visto forzados a reubicarse hacia el interior de la isla dado el aumento del nivel del mar. Se les llamó los primeros “refugiados” del mundo por el cambio climático, haciendo un uso impreciso del término legal. Nueva Zelanda ha barajado crear una nueva categoría de visado para ayudar a las personas del Pacífico desplazadas por el cambio climático.

A diferencia de las personas obligadas a desplazarse, hay otras a quienes les gustaría poder viajar libremente dentro de sus países, pero no pueden hacerlo. ONU Mujeres dice que hay 17 países en los que, por ley, las mujeres no pueden moverse fuera de sus hogares de la misma manera que sus maridos. O bien, se enfrentan a obstáculos relacionados con su libertad de movimiento, como las normas culturales, a veces disfrazadas de “protección”, que las pueden mantener dentro de casa y fuera de la escuela desde la infancia.

La jefa de la Oficina de la ONU para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, nos anima a todos a defender estos derechos. “Es primordial que continuemos trabajando para lograr la completa implementación de los derechos humanos de tal manera que las vidas de hombres, mujeres y niños mejoren en todos los lugares,” dijo.

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