Personal de la ONU, entre ellos ocho colegas del ACNUDH, detenidos en Yemen
El ACNUDH pide su liberación inmediata.
Grupo de Trabajo sobre la cuestión de la discriminación contra las mujeres y las niñas
La creación del Grupo de Trabajo por el Consejo de Derechos Humanos en 2010 fue un hito en el largo camino hacia la igualdad de las mujeres.
A lo largo de los años, se han aplicado numerosas reformas jurídicas y políticas con el fin de integrar plenamente los derechos humanos de las mujeres en la legislación nacional.
Sin embargo, los progresos siguen siendo insuficientes.
La discriminación contra las mujeres y niñas persiste tanto en el ámbito público como en el privado, lo mismo en épocas de conflicto que en tiempos de paz. Esa discriminación trasciende las fronteras nacionales, culturales y religiosas, y a menudo es impulsada por los estereotipos patriarcales y los desequilibrios de poder, que se reflejan en leyes, políticas y medidas prácticas.
El mandato fue renovado por consenso en el 23º período de sesiones del Consejo, mediante la resolución 23/7, y luego se renovó por otros tres años, nuevamente por consenso, durante el 32º período de sesiones del Consejo, que se celebró en junio de 2016, mediante la resolución 32/4.
En junio de 2019, el mandato fue renovado nuevamente mediante la resolución 41/6, y la denominación del grupo pasó a ser Grupo de Trabajo sobre la cuestión de la discriminación contra las mujeres y la niñas.
Vea los vídeos: Conozca al Grupo de Trabajo: Octubre de 2023 y enero de 2018.
El Grupo de Trabajo, al establecer su marco conceptual y sus métodos de trabajo, destaca que es necesario un enfoque integral y uniforme de derechos humanos para eliminar la discriminación contra la mujer y niñas en la ley y en la práctica. Este enfoque garantiza que las mujeres y niñas se encuentren en el centro de las iniciativas dirigidas a exigir responsabilidades principalmente a los Estados respecto de la aplicación de las normas internacionales que protegen los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. (véase A/HRC/20/28).
El Grupo de Trabajo aborda la cuestión de la eliminación de la discriminación contra la mujer y niñas en la legislación y en la práctica en todos los ámbitos desde la óptica de las obligaciones asumidas por los Estados de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos de la mujer y niñas. Destaca que los mecanismos nacionales, regionales e internacionales de derechos humanos, así como los activistas comunitarios, desempeñan un papel fundamental para garantizar el pleno disfrute por las mujeres y niñas de sus derechos humanos
Para que las garantías legales beneficien a todas las mujeres y niñas, los marcos de aplicación y las estrategias deben tener en cuenta la intersección de la discriminación por razón de género con otros motivos de discriminación. De hecho, la labor del Grupo de Trabajo da cabida a todas las mujeres y niñas, en reconocimiento de que las mujeres y niñas no conforman un grupo uniforme. Dentro de su diversidad y sus numerosas circunstancias distintas, todas las mujeres y niñas se ven afectadas de forma diferente por leyes y prácticas discriminatorias. No obstante, la discriminación contra la mujer y niñas presenta aspectos comunes en todas las culturas, aunque su nivel de intensidad y su repercusión varían de unas a otras.
Además, durante los seis primeros años del mandato, ha sido necesario reiterar constantemente, incluso dentro del sistema de derechos humanos, que las mujeres y niñas no forman sin más un grupo vulnerable entre otros, que es a menudo el trato que se les dispensa. Al conformar las mujeres y niñas la mitad de la población mundial y, con frecuencia, la mayoría de cada uno de los grupos vulnerables, la eliminación de la discriminación y las reacciones persistentes contra los derechos de las mujeres y niñas debe acometerse a la vez como objetivo independiente y como cuestión vinculada con la incorporación de la perspectiva de género.
El Grupo de Trabajo desempeña su mandato de conformidad con las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos y con un espíritu de diálogo constructivo con los Estados Miembros, los interesados de la sociedad civil, las entidades de las Naciones Unidas y los mecanismos nacionales, regionales e internacionales de derechos humanos.
El Grupo de Trabajo aprovecha plenamente un conjunto común de instrumentos disponibles para los mandatos de procedimientos especiales, a saber, comunicaciones, informes temáticos y visitas a los países.
Asimismo, mantiene un diálogo interactivo en el Consejo de Derechos Humanos durante el período de sesiones del mes de junio sobre sus informes temáticos y de visitas a los países. Informa oralmente a la Asamblea General que se celebra en el mes de octubre/noviembre y participa en la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, que se celebra en el mes de marzo de cada año.
Además, el Grupo de Trabajo lleva a cabo otras iniciativas, como declaraciones públicas, informes amicus curiae*, documentos de posición, participación en eventos y contribuciones a la labor de terceros que participan en los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas o de entidades de las Naciones unidas.
El Grupo de Trabajo está compuesto por cinco expertos que trabajan en grupo y desarrollan su labor en nombre del mandato. La presidencia del Grupo cambia cada año y el traspaso de funciones se produce a principios del mes de junio de cada año.